El estado y el despojo del agua

Sabido es que vivimos en un sistema capitalista global, el cual, en pocas palabras, consiste explotación de la clase trabajadora y la naturaleza para luego mercantilizar los bienes producidos, de cualquier tipo, para su respectiva acumulación. Este sistema ha regido la conducta humana por más de siete siglos, así, todo lo que el ser humano construye, piensa y hace está fuertemente influenciado por un marco de valores, prejuicios y preconcepciones determinados por los procesos coloniales, patriarcales, industriales, de mercado, en suma del capitalismo; lo cual se conoce como el capitaloceno, concepto que se usa para descartar la idea que la catástrofe ambiental la causa el humano por el simple hecho de ser humano (antropoceno).
Todo este fenómeno global, claro está, influye en los diversos Estados, determina los contenidos de los preceptos legales, de las formas de Gobierno, de la estructura institucional y, en general, en todo el sistema político que hace que un Estado funcione; puesto que esta organización política es el producto de la creación humana. En este orden de ideas, los diferentes Estados, al gestarse dentro de este sistema, adopta las preconcepciones, prejuicios y valores del capitalismo.
Dicho lo anterior, el Estado de El Salvador actúa dentro de este sistema que lo determina y, por lo tanto, la mayoría de las disposiciones jurídicas, políticas y actuaciones van encaminadas a asegurar la valoración capitalista sobre todo en los sectores económicos más rentables. Por ejemplo, el fuerte impulso al negocio de la especulación inmobiliaria –a pesar de sus graves consecuencias ecológicas, sociales, económicas y espaciales. Así, el Estado de El Salvador ha emitido diversas disposiciones jurídicas, que adoptan la forma de Convenios, Cambios de Zonificación Ambiental, Cambios de Uso de Suelo, directrices, ordenanzas municipales, leyes, concesiones, Asocio Público Privado y resoluciones judiciales; con la finalidad de convertir en mercancía los bienes naturales – agua, tierra, bosques, entre otros- y así impulsar y proteger la especulación inmobiliaria.
A todo este cuadro complejo de leyes, ordenanzas, acuerdos y resoluciones judiciales se les conoce como estructuras jurídicas para el despojo. Estas estructuras se esconden en eufemismos, lenguaje técnico, discurso de derechos humanos y términos confusos con la intención de hacer que pase desapercibido el despojo de los bienes comunes.
Hay muchos ejemplos de esto en El Salvador: el Contrato de Fideicomiso FIHIDRO (2006), que permitió la construcción de todas las residenciales de lujo camino al puerto de la Libertad; la Ordenanza Municipal para la Creación y Aplicación de un Régimen Especial del Plan parcial el Ángel, que está incentivando el negocio inmobiliario en el territorio de Apopa; los Convenios de Cooperación suscritos por ANDA y diversas inmobiliarias (familia Dueñas, Poma, Sociedad Briko) que excluyen del uso del agua a las personas que habitan en comunidades con poco o nulo acceso al agua, pero, por otro lado, permite que un pequeño grupo familiar pueda hacer un uso intensivo del agua solo para un fin mercantil; así como la resolución de improcedencia de la Sala de lo Constitucional del Convenio ANDA-DUEÑAS.
Todo esto permite afirmar que los intereses que el Estado protege no son los de las familias empobrecidas que son víctimas de un sistema que mercantiliza todos los medios esenciales para la vida, sino que son aquellos que hacen que se lucran del sistema y se perpetúe, que se explaya en su existencia y siga creciendo la desigualdad, la pobreza y la muerte; es decir, los intereses de las élites económicas, como los Dueñas, Salazar Romero, los Poma, que únicamente hacen negocios con el agua y que hacen que la crisis hídrica se acentúe.
Por lo expuesto, es correcto afirmar que territorios como Apopa, Ciudad Delgado, Mejicanos, Quezaltepeque, la Cordillera del Bálsamo y otros del Área Metropolitana de San Salvador, sufren del desabastecimiento de agua porque hay grupos familiares que acumulan el agua, hacen sus negocios inmobiliarios y, por lo tanto, privan del acceso al agua a las personas más empobrecidas del país. Para lograr esto, se valen de mecanismos jurídicos que les brindan seguridad jurídica y que van encaminadas a garantizar la legalidad del despojo, a pesar del carácter espurio, ilegítimo e injusto que pueda tener el arrebatamiento del agua.
